El
actual presidente del llamado Poder Judicial, Duberlí Rodríguez,
declaró al diario El Comercio e11 de mayo de 2017, que la "condena"
o "fallo de
Alberto Fujimori es por homicidio (…) sostuvo
que calificación de lesa humanidad fue una "alusión" que
se colocó en los fundamentos que la parte resolutiva del fallo que
condenó al ex presidente Alberto Fujimori, por los crímenes de
Barrios Altos y La Cantuta, dice solo “homicidio calificado
(...) Explicó
entonces que, los fundamentos que se realizan en torno a la
calificación de lesa humanidad “son solo una alusión(...) Como
se recuerda, Duberlí Rodríguez integró la sala suprema que
ratificó la condena en contra del Fujimori".
El
Juez que fabricó esta patraña
reaccionaria para favorecer al genocida, fascista y vendepatria
Fujimori, fue el juez San Martín. Como ya lo habíamos denunciado
hace tiempo, el fiscal del caso, el aprista Pelaez Bardalles, no
formuló acusación por lesa humanidad al genocida Fujimori en
componenda con el Juez San Martín, quien presidia el Tribunal de
primera instancia; él fue quien no mandó enmendar la acusación
fiscal y adecuar el proceso a la calificación que correspondía de
acuerdo al propio derecho peruano e internacional; abriendo así la
puerta falsa para que el genocida Fujimori pueda acceder a todos los
"beneficios" que conceden sus leyes a los condenados por
delitos comunes, incluido el indulto, y el tratamiento de privilegio
que recibe en su fortaleza-palacio-"cárcel". Cómplice de
todo esto son las ONGs de los llamados derechos humanos y sus
abogados tan "prestigiados". Lo cometido por este juez San
Martín y luego ratificado en calidad de juez de tribunal de segunda
instancia por este "enano jurídico" Duberlí Rodríguez no
es ninguna falla menor; cualquier practicante de derecho sabe que
estas son las formalidades mínimas de acusación-proceso y
sentencia, que en esta sólo se pueden resolver los extremos de la
acusación, sobre la base de todos los actuados. Entonces estos
representantes del "poder judicial", del órgano judicial
del viejo Estado terrateniente-burocrático al servicio del
imperialismo cumplieron con lo dispuesto por los que mandan en el
país de fabricar una condena para limpiar a Fujimori y a todos los
genocidas responsables de crímenes sólo comparables a los cometidos
por la nazis y los que cometen los imperialistas contra los países
oprimidos del Medio Oriente, etc.
El
Juez San Martín es el mismo que mandó archivar el proceso contra el
fascista, genocida y vendepatria ex-presidente Humala (Capitán
Carlos, ver
noticia abajo y en los medios)
y el
presidente del pj
Duberlí Rodríguez es el mismo que ha salido a defender
al corrupto San Martín por la prevaricación en este caso y que
antes, como el mismo ha declarado, confirmó la sentencia fraudulenta
a favor de Fujimori dictada en primera instancia por el mismísimo
San Martín.
Todo lo demás solo son enjuagues
por
disputas entre los mismos
reaccionarios hasta que se pongan de acuerdo para
entrar
en nuevas disputas y
escándalos.
Hoy día están
peleando
Humala con García, Kuczynki, los Fujimoris, etc. porque cada
uno quiere ver resuelto primero su caso
y rápido, ninguno
quiere seguir cargando los genocidios y
sus escándalos por robo al erario público, etc. y por
eso se acusan unos a otros y se coluden unos contra otros, eso hace
recordar a Bizancio,
signos claros de hundimiento y podredumbre.
Es
pleito entre genocidas, fascistas
y vendepatrias y
al final todos ellos están
protegido para permanecer impunes por el viejo Estado genocida y sus
juececillos y fiscales.
Por
eso es ley el
pueblo,
que sólo
el pueblo hace justicia al pueblo y sólo se hace con guerra popular.
Con guerra popular se hace la revolución de nueva democracia
destruyendo el viejo Estado genocida y castigando a los genocidas
civiles y militares. Con
guerra popular se conquistan
los derechos del pueblo opuestos y contrarios a los "derecho
humanos" de la burguesía.
Este
nuevo
escándalo siniestro de los
genocidas
supera toda imaginación. Abajo leer
la nota periodística
de El Comercio y luego una parte de las declaraciones de
Zaffaroni de Argentina, un jurista liberal burgués, en el caso de
una ley de impunidad a favor de los genocidas
de la Junta Militar de los 70 del siglo pasado.
Zaffaroni
sostiene: "
En
cualquier delito, ordinario o de lesa humanidad (...)La
única diferencia es que en los crímenes de lesa humanidad ese
criterio no puede traducirse en impunidad ni encubrir una amnistía,
un indulto o una conmutación. Está prohibido por el derecho
internacional establecido en tratados que obligan a la Nación y que
están incorporados a la propia Constitución Nacional.
Sigue
la nota periodística
del escándalo:
Jueves
11 de mayo del 2017 | 13:07
Presidente
del PJ: Fallo de Alberto Fujimori es por homicidio
Duberlí
Rodríguez sostuvo que calificación de lesa humanidad fue una
"alusión" que se colocó en los fundamentos
Duberlí
Rodríguez comentó que Alberto Fujimori fue condenado por homicidio
y que lesa humanidad fue una alusión. (Archivo El Comercio)
El
presidente del Poder Judicial, Duberli Rodríguez, sostuvo que la
parte resolutiva del fallo que condenó al ex presidente Alberto
Fujimori, por los crímenes de Barrios Altos y La Cantuta, dice solo
“homicidio calificado”.
Explicó
entonces que, los fundamentos que se realizan en torno a la
calificación de lesa humanidad “son solo una alusión”.
“La
condena de primera instancia, allí dentro de los fundamentos se hizo
alusión a temas de lesa humanidad, pero en la parte en la parte
resolutiva se condena por delito de homicidio calificado y se impuso
la pena que ya es conocida”, indicó Rodríguez.
De
esta manera, se pronunció en torno a la sentencia que se emitió el
Poder Judicial en contra del ex mandatario en el 2009.
Como
se recuerda, Duberlí Rodríguez integró la sala suprema que
ratificó la condena en contra del Fujimori Fujimori.
Sin
murallas
De
otro lado, descartó que su institución esté en contra de que se
reabra la investigación en contra del ex presidente Ollanta Humala
por el Caso Madre Mía, tras la aparición de nuevos audios donde se
advierte la compra de testigos en el proceso.
Durante
una conferencia de prensa, el juez supremo defendió el comunicado
que emitió la Sala Plena del PJ defendiendo al juez supremo César
San Martín y aseverando que cuando se procesó a Humala, los audios
no existían.
“En
ningún momento el acuerdo de la Sala Plena está poniendo una
muralla para que no se investigue los hechos que ya se han conocido”,
dijo.
Explicó
entonces, que los magistrados resuelven sobre la base de lo que está
en el expediente y lo que no está en el expediente no puede ser
evaluado.
“Lo
que aparece después dará objeto a otras investigaciones como
entiendo que lo está haciendo ya la fiscalía y dará lugar a que se
reabra o no el caso, es un tema que lo verá en su momento las
autoridades del Ministerio Público como los jueces, si eventualmente
son requeridos”, advirtió.
Por
tanto, pidió respetar el fallo de los magistrados ya que, si en el
caso no hubo acusación contra Humala, no podía ser juzgado.
“El
principio acusatorio, ¿qué significa?, que sin acusación no hay
juicio. ¿Y, quién hace la acusación?, el fiscal. Si los fiscales
no acusan, los jueces no pueden hacer de fiscales, entonces ¿qué
pueden hacer? Simplemente sobreseer”, concluyó.
NOTA
NUESTRA A LOS SUBRAYADOS NUESTROS:
Lo
que no dice este cínico y taimado juececillo Duberlí Rodríguez es
que ellos mismos se escondieron estas pruebas por eso no aparecieron
en el expediente y son ellos que por eso no sustanciaron estas
pruebas, que si no fuera por la contradicción existente entre los
mismos genocidas, no habrían aparecido nuevamente. Esconden las
pruebas para favorecer a los genocidas y luego dicen no están en el
expediente, no consta (San Martín) y aplicar "lo que no esta en
el expediente no está en el mundo". Duberlí es conocido
cómplice de genocidios, como diputadio de izquierda unida e hincha
acérrimo de Alán García, en su calidad de la comisión de derechos
humanos de la cámara de diputados" entre 1985 y 1990, fue
cómpülice y no denunció los genocidios del pabellón británico en
octubre de 1985 y de las LTC el 19 de junio de 1986, como lo
hizo con todos los genocidios cometidos por el gobierno aprista y sus
fuerzas armadas durante todo ese período.
Diálogo
con E. Raúl Zaffaroni sobre el fallo de la Corte y ... - Pagina 12
11
de mayo de 2017 | El país
Diálogo
con E. Raúl Zaffaroni sobre el fallo de la Corte y el desenlace
“La
realidad supera la imaginación”
El
ex ministro de la Corte Suprema valora el sentido político de la
decisión parlamentaria pero evita entrar en conjeturas sobre el
futuro. En cambio, revisa en detalle la sentencia que desató el gran
impacto social.
(Imagen:
Sandra Cartasso)
Por
Martín Granovsky
–¿No
tiene precedentes la ley sancionada o no los tiene el proceso
completo iniciado con el fallo de la Corte Suprema del 3 de mayo?
–El
proceso completo.
–¿Por
qué?
–Pido
disculpas si no doy más detalles, pero quiero reflexionar
profundamente acerca de las posibles consecuencias de todo lo que
sucedió. No quiero improvisar. Es un caso en el que la realidad
supera la imaginación de laboratorio. Veremos qué ocurre en el
futuro.
–¿Qué
es lo que supera la imaginación?
–Es
insólito el fallo de la Corte. Son insólitas sus derivaciones.
–Arranquemos
desde la sentencia que votaron en mayoría los ministros Elena
Highton, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti. ¿Es posible aplicar
retroactivamente una ley penal más benigna en caso de crímenes de
lesa humanidad?
–Los
procesos por delitos de lesa humanidad llevados a cabo en nuestro
país nunca fueron “juicios excepcionales”, sino realizados
conforme a las leyes penales y procesales ordinarias y por los jueces
naturales, lo que prácticamente no tiene precedente en el mundo y
dota a esos procesos y sentencias de una incuestionable legitimidad.
En cualquier delito, ordinario o de lesa humanidad, si hubiese que
aplicar una ley penal más benigna o no aplicar una ley posterior más
gravosa habría que hacerlo. Así lo manda la Constitución. La única
diferencia es que en los crímenes de lesa humanidad ese criterio no
puede traducirse en impunidad ni encubrir una amnistía, un indulto o
una conmutación. Está prohibido por el derecho internacional
establecido en tratados que obligan a la Nación y que están
incorporados a la propia Constitución Nacional.