EDITORIAL
Editorial Semanal – Solo la lucha popular puede derrotar al virus golpista
por AND Redacción
22/02/20233 minutos de lectura
El PSOL llamó al STF, el día 14, a hacer, como institución, una “interpretación integral” del artículo 142 de la Constitución Federal; En el siguiente paso, comenzaron a surgir movimientos en el Congreso para revisar la redacción del artículo, intento autorizado por la dirección del PT y por Luiz Inácio. El artículo 142 es un punto de tensión para las provocaciones golpistas y la protección de las Fuerzas Armadas reaccionarias: la interpretación según la cual el artículo da mandato a las fuerzas para intervenir para “defender la Patria” y los “poderes constitucionales” es unánime entre altos funcionarios, aunque sin ser activados por uno de los “tres poderes”, en contra de lo que condiciona el citado artículo. Recientemente, Gilmar Mendes, ministro del STF, reveló que el excomandante del ejército, Villas-Bôas, cuestionó si estaba de acuerdo con la interpretación golpista.
Por su parte, Luiz Inácio y la bancada del PT en el Senado vienen trabajando arduamente para desinflar y entorpecer el trabajo de la CPI que investigaría los graves hechos del 8 de enero, cuando la turba de extrema derecha, azuzada por declaraciones ambiguas de generales, invadió el cuartel general de los “Tres Poderes” creyendo que eso desencadenaría una “intervención militar”. Vale recordar, curiosamente, que ni las tropas del Batallón de Guardias Presidenciales, ni los órganos competentes de la presidencia de la república, nadie activó el “Plano Escudo”, para impedir la acción de los fascistas. ¿Por qué Luiz Inácio no quiere investigar esto? ¿Por qué le ponen trapos calientes y piedras calientes a este asunto tan grave para la Nación, en el que hay indicios muy fuertes de un golpe de estado arraigado entre altos funcionarios de la reserva y en activo?
De nada servirá tratar de manipular el artículo 142 de la constitución. El agujero es mucho más bajo.
En primer lugar, es necesario aclarar que, si bien se establece que la iniciativa de promulgación de la “Garantía de la Ley y el Orden” debe ser uno de los “tres poderes”, sí existe ambigüedad en la redacción del artículo 142 y que este No fue un error de descuido. Hubo una gran movilización del cuartel durante la Asamblea Constituyente de 1988 -incluyendo persuasión permanente y amenazas de interrumpirla si excedía ciertos límites- y los generales impusieron, en el artículo, el término “defensa del orden público, de los poderes constitucionales”.. ., sin mencionar, ni en dicho artículo ni en ningún otro de la Carta, que las Fuerzas Armadas nunca podrán intervenir por iniciativa propia. Como informó el entonces Ministro del Ejército, General Leônidas Pires Gonçalves: “Logré mejorar [el artículo 142] El Ejército logró todo lo que quería en la Constitución” (¡aquí, la “constitución ciudadana”!). Se trataba de dejar la ambigüedad como una puerta abierta para que regresaran, fueran llamados o no, si el viejo orden estaba amenazado por la revolución.
Segundo, que la imposición de un “Poder Moderador” militar al país, como fuerza contrarrevolucionaria preventiva y permanente, es el elemento más revelador del carácter de clase explotadora y opresora, presente en todas las constituciones, resultado de que la Revolución Democrática nunca triunfó en el país. En la monarquía, esto se realizaba por el emperador, quien disponía de las fuerzas; y en los otros seis, ya de la República, se expresó en el hecho de que las Fuerzas Armadas tienen la atribución legal de “defender el orden público” y “defender los poderes constitucionales”. Las clases dominantes, en fin, siempre han tenido una preocupación central por tener a mano un dispositivo contrainsurgente, ya que la revolución siempre ha estado en la agenda, a veces más, a veces menos.
En tercer lugar, como expresión de lo dicho anteriormente, se puede apreciar que los voceros de primera línea de las clases dominantes estaban en contra de la “corrección” del artículo. O Globo y Estadão, para quedarse con dos monopolios de prensa donde se ubica parte de la intelectualidad reaccionaria, en editoriales recientes, califican este movimiento de “gran error”, porque la Constitución sería clarísima al definir las funciones de las Fuerzas Armadas. ¿De verdad?
Pero no deja de ser una lamentable ilusión creer que es posible bloquear el movimiento golpista con deliberaciones de instituciones que sólo tienen poder porque están enganchadas a las bayonetas de las Fuerzas Armadas. Por ello, inclusive, el espíritu de esta iniciativa tiende a no prosperar. El virus golpista es una constante en la historia del país, porque el surgimiento de una Revolución Democrática es una constante. Sólo hay un camino para derrotar esta ofensiva contrarrevolucionaria: levantar el movimiento de masas, en defensa de sus intereses inmediatos y generales, de los cuales forman parte los derechos y libertades democráticas conquistadas con esfuerzo, ahora amenazadas y las demás nunca alcanzadas; uniéndola, paso a paso, con la lucha por un régimen de nueva democracia. Al contrario de atizar, esta es la única barrera que puede disuadir los intentos de golpe y, en última instancia, derrotarlo aunque se imponga.